Artículo 31
Copias de instrumentos

Salvo que el tribunal disponga otra cosa después de consultar a las partes y al Secretariado, toda notificación, solicitud, escrito, petición, observación escrita u otro instrumento se presentará en forma de un original firmado, acompañado del siguiente número de copias adicionales:

(a) antes de que se haya determinado el número de miembros del tribunal: cinco, y

(b) después de que haya determinado el número de miembros del tribunal: dos copias más que el número de miembros del tribunal.

Artículo 32
Documentación justificativa

(1) La documentación justificativa de cualquier notificación, solicitud, escrito, petición, observación escrita u otro instrumento presentado en un procedimiento consistirá en un original y un número de las copias adicionales igual al número de las copias requeridas del instrumento al cual se refiere la documentación. A menos que las partes acuerden o el tribunal disponga otra cosa, el original consistirá en el documento completo o en una copia o extracto debidamente certificados por un funcionario público.

(2) A menos que el tribunal disponga otra cosa, todo documento que no esté redactado en un idioma aprobado para el procedimiento en cuestión será acompañado de una traducción certificada a tal idioma.

Artículo 33
Plazos

(1) Todos los plazos especificados en este Reglamento o fijados por un tribunal o por el Secretario General se calcularán desde la fecha en la que el plazo se anuncie en presencia de las partes o de sus representantes o en la cual el Secretario General envíe la notificación o instrumento pertinente (fecha que se consignará en tal notificación o instrumento). Se excluirá de dicho cálculo el día del anuncio o envío.

(2) Se considerará que se ha observado un plazo si una notificación o instrumento enviado por una parte se entrega en la sede del Centro, o al secretario del tribunal que se reúna fuera de la sede del Centro, antes de la hora de cierre de actividades en la fecha señalada o, si tal día es sábado, domingo o día de fiesta cívica celebrada en el lugar de entrega, o un día en que por cualquier razón esté restringida la distribución del correo ordinario en el lugar de entrega, antes de la hora de cierre de actividades del día siguiente en que haya servicio ordinario de correos.



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